Texto Completo acta: 4FAC9
Nº 8247
Nº 8247
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
APROBACIÓN DEL PROTOCOLO FACULTATIVO
DE LA CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS
DEL NIÑO RELATIVO A LA PARTICIPACIÓN
DE NIÑOS EN LOS CONFLICTOS ARMADOS
Artículo 1ºApruébase, en cada una de sus partes, el Protocolo
facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de
niños en los conflictos armados, adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas
el 25 de mayo de 2000. El texto es el siguiente:
PROTOCOLO FACULTATIVO DE LA
CONVENCIÓN
SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO
RELATIVO
A LA PARTICIPACIÓN DE NIÑOS
EN LOS CONFLICTOS ARMADOS
(Nota
de Sinalevi: Por tener articulado propio el "Protocolo Facultativo de la
Convención sobre los Derechos del Niño Relativos a la Particiapción de Niños
en los Conflictos Armados" debe consultarse en el sistema en forma
independiente)
Ficha articulo
Artículo 2ºEl Gobierno de la República de Costa Rica
interpreta, en relación con el inciso 2) del artículo 12 del Protocolo que se aprueba
mediante la presente Ley, que las enmiendas a este entrarán en vigor cuando hayan sido
aprobadas por la Asamblea Legislativa, a tenor de lo dispuesto en el inciso 4) del
artículo 121 de la Constitución Política.
Rige a partir de su publicación.
Presidencia de la
República.- San José, a los veintidós días del mes de abril del dos mil dos.
Ficha articulo
Fecha de generación: 17/11/2025 03:01:45