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 Normativa >> Ley 2467 >> Fecha 13/11/1959 >> Texto completo
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Texto Completo Norma 2467
Reforma Ley de Pensiones y Jubilaciones Magisterio Nacional
Texto Completo acta: 33432 1

N° 2467



LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA,



DECRETA:



Artículo 1º.- Refórmase el inciso d) del artículo 4º de la ley Nº 2248 de 5 de setiembre de 1958, el cual se leerá así:



Artículo 4º.-



a) ...



b) ...



c) ...



d) La jubilación extraordinaria se calculará multiplicando el número de años de servicio por la treintava parte del promedio mensual de los sueldos y sobresueldos de los últimos diez años trabajados".




Ficha articulo



Artículo 2º.- Esta ley rige a partir de su publicación en el Diario Oficial.




Ficha articulo



Transitorio.- Las pensiones otorgadas con anterioridad a esta reforma podrán ser revisadas a solicitud de los interesados a fin de que las mismas se ajusten a la forma de cálculo aquí dispuesta.



Casa Presidencial.-San José, a los trece días del mes de noviembre de mil novecientos cincuenta y nueve.




Ficha articulo





Fecha de generación: 13/11/2025 18:05:43
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