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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 6788 >> Fecha 07/02/1977 >> Texto completo
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Texto Completo Norma 6788
Reforma decreto ejecutivo N° 6286 "Exoneraciones a Concesionarios Transporte Personas Vehículos Taxis"
Texto Completo acta: 2217C 1

N° 6788-T-H



EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA



Y LOS MINISTROS DE OBRAS PUBLICAS



Y TRANSPORTES Y DE HACIENDA,



En uso de las facultades que les confiere la Constitución Política, artículo 140, inciso 3) y 18) y la ley N° 5406 de 26 de noviembre de 1973, Ley Reguladora del Transporte Remunerado de Personas en Vehículos Taxi y su Reglamento, Decreto Ejecutivo N° 5743-T, de 12 de febrero de 1976 y demás disposiciones legales y reglamentarias aplicables.



Decretan:



Artículo 1°.- Refórmese el artículo 1° del Decreto Ejecutivo N° 6286-T-H de 25 de agosto de mil novecientos setenta y seis, para que en lo sucesivo se lea así:



"Artículo 1°.- Las exoneraciones contempladas en el artículo 20, inciso b) de la ley N° 5406 de 6 de noviembre de 1973, se otorgarán a  los concesionarios del transporte remunerado de personas en vehículos taxis, debidamente inscritos en la Dirección General de Tránsito y Transporte Automotor, dependencia a cargo del ministerio de Obras Públicas y Transportes, afiliados a Cooperativas debidamente inscritas en el Ministerio de Trabajo y seguridad Social y que tengan como actividad principal el transporte remunerado de personas en vehículos taxi".




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Artículo 2°.- Rige a partir de su publicación.



Dado en la Casa Presidencial. San José, a los siete días del mes de febrero de mil novecientos setenta y siete.




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Fecha de generación: 18/5/2026 22:09:20
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