Texto Completo acta: 15A75
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N§ 17812-H
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Y EL MINISTRO DE HACIENDA,
En uso de las potestades que les confieren los incisos 3) y
18) del art¡culo
140 de la Constituci¢n Pol¡tica; y
Considerando:
Que es indispensable aclarar algunas consecuencias de los
traslados autorizados
en la norma general N§ 29 de la ley N§ 7055 de 18 de diciembre de
1986
(Presupuesto Nacional para 1987),
DECRETAN:
ARTÖCULO 1§.-Los puestos trasladados de conformidad con lo
establecido
en la Norma General N§ 29 de la ley N§ 7055, Ley de Presupuesto
Ordinario y
Extraordinario de la rep£blica, para 1987, mantender n la
clasificaci¢n y valoraci¢n
de la instituci¢n de procedencia.
Los titulares de dichos puestos ingresar n de pleno derecho al
R,gimen
de Servicio Civil y conservar n la antigedad acumulada para todo
efecto legal.
Ficha articulo ARTÖCULO 2§.-Rige a partir de su publicaci¢n en el Diario
Oficial "La
Gaceta".
Ficha articulo
Fecha de generación: 8/11/2025 00:42:23