Artículo
14: Para obtener permisos o licencias municipales de construcción en el Cantón
de Belén deberá presentar y cumplir con los requerimientos y requisitos
establecidos en la Mejora Regulatoria y Simplificación de Trámites Municipales
para la Obtención de Licencias de Construcción establecidas y sujetas al
trámite del Sistema de la Plataforma Digital Administrador de Proyectos de
Construcción (APC) de acuerdo con su categorización.
A- Obra
Mayor: Para la construcción de obras mayores, deberá cumplirse con los
siguientes requisitos:
a.
Completar y presentar el formulario de solicitud de permiso de obra mayor. Este
documento deberá estar firmado por el propietario del inmueble y el profesional
responsable, con excepción de las obras de mantenimiento que no requieren la
participación obligatoria de un profesional responsable miembro del Colegio
Federado de Ingenieros y Arquitectos.
b. Planos
constructivos con sellos del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos según
la tramitología APC.
c. Una
copia del plano catastrado visado de la propiedad, preferiblemente sin reducir
y legible.
d. Estudio
o certificación registral vigente de la propiedad en el que se van a efectuar
las obras. En el caso de ser una propiedad en derechos, deberá adjuntar el
informe registral de cada derecho y una autorización de los propietarios en
donde consientan la realización de las obras.
e.
Certificado de uso del suelo emitido por la Unidad de Desarrollo Urbano o
centro de trabajo autorizado.
f. Copia
del contrato de consultoría del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos.
g.
Disponibilidad de agua de agua aprobada por el subproceso de acueductos o
centro de trabajo autorizado.
h. Cuando
se trate de una vivienda familiar menor a 300 m2 (O la medida que indique el
CFIA) se debe de adjuntar declaración jurada por el profesional responsable,
cuando se trate de vivienda familiar mayor a 300 m2 (O la medida que indique el
CFIA) debe aportar planos constructivos sellados por el Ministerio de Salud.
i. En caso
de que el permiso de construcción deba tramitarse a nombre de una persona que
NO figure como propietario(a), debe de aportar un poder autenticado por un
abogado o notario autorizando el trámite de permiso de construcción.
j.
Constancia de estar al día con el pago de los tributos municipales y en las
cuotas obrero-patronales de la CCSS.
k.
Certificación de la póliza de riesgos de trabajo emitida por el instituto
Nacional de Seguros, una vez tasado el permiso
de construcción por la municipalidad.
l. Copia de
cédula de identidad al día en el caso de persona física y para las personas
jurídicas se deberá presentar una certificación de personería jurídica digital
o notarial vigente.
m. Plan de
Manejo de Erosión (colindancias) Limpieza de llantas de maquinaria además de un
plan de Manejo de Polvo
n. Las
construcciones beneficiadas por la Ley 7052 Ley del Sistema Financiero Nacional
para la Vivienda y Creación del Banco Hipotecario de la Vivienda (bono de vivienda)
deberán adjuntar copia de la "Declaratoria de Interés Social", para aplicar la
exoneración parcial del impuesto de construcción.
o. Toda
persona que tramite algún permiso de construcción está en la responsabilidad de
comprometerse a separar los Residuos de Construcción para aprovechar los
programas de recolección disponibles en el Cantón, de manera de que se realice
un Manejo Responsable de los Residuos de Construcción, caso contrario, se
aplicarán las sanciones correspondientes que establezca la normativa vigente.
p.
Viabilidad Ambiental.
Para obras
mayores se requerirá evaluación ambiental de SETENA y la Municipalidad por
medio de la Unidad ambiental u oficina técnica especializada revisara las
condiciones de la evaluación ambiental según expediente administrativo y
coordinará con la SETENA en los casos que se detecte inconsistencias para lo
cual se debe seguir el debido proceso y comunicará a la Unidad de Desarrollo
Urbano y Control Constructivo, sobre su criterio ambiental al respecto.
q. Alineamientos
según corresponda:
1. Frente a
la ruta nacional: Solicitar documento de alineamiento emitido por el MOPT.
2. Frente a
línea férrea: solicitar documento del alineamiento emitido por el INCOFER.
3. Frente a
red vial cantonal: solicitar alineamiento emitido por la Municipalidad de
Belén.
4. Cuando
el inmueble sea atravesado o limite a ríos y quebradas (cursos de agua
intermitentes o continuos): análisis físico emitido por el INVU.
5.
Colindantes a nacimientos, humedales, causes de río y obras de protección
dentro del cauce de los ríos o quebradas: Solicitar al departamento de aguas
del MINAE.
6.
Servidumbres de alta tensión: solicitar alineamiento emitido por el ICE.
7. Cuando
el inmueble se vea afectado por servidumbre de aguas: solicitar alineamiento emitido
por el AyA.
B- Obra
menor: Obras de pequeña escala, que por su tamaño no precisen elementos
estructurales y no requieren de aumento en la demanda de servicios públicos
tales como agua potable, aguas residuales y electricidad, sin afectar las
condiciones de habitabilidad o seguridad del inmueble. No se considerarán obras
menores las obras de construcción que, según el criterio técnico especializado
del funcionario municipal competente, incluyan modificaciones al sistema
estructural, eléctrico o mecánico de un edificio, según el artículo 83 bis de
la Ley de Construcciones.
Además si
dentro del plazo de doce meses, contado a partir del otorgamiento de un permiso
de obra menor, que establezca nuevamente realizar reparaciones, remodelaciones,
ampliaciones y otras obras de carácter menor, sobre un mismo inmueble, la
municipalidad, previa inspección, denegará el nuevo permiso si se determina que
una obra mayor está siendo fraccionada para evadir los respectivos controles,
sin perjuicio de que el interesado pueda solicitar el permiso de construcción,
conforme a lo dispuesto en el artículo 83 de la ley de Construcciones.
Para la
construcción de obras menores, deberá cumplirse con los siguientes requisitos:
a.
Completar y presentar el formulario de solicitud de permiso de obra menor. Este
documento deberá estar firmado por el propietario del inmueble y
preferiblemente por un profesional responsable, con excepción de las obras de
mantenimiento que no requieren la participación obligatoria de un profesional
responsable miembro del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos.
b. Copia de
cédula de identidad al día en el caso de persona física y para las personas
jurídicas se deberá presentar una certificación de personería jurídica digital
o notarial vigente.
c. Una
copia del plano catastrado de la propiedad, preferiblemente sin reducir y
legible.
d.
Constancia de estar al día con el pago de los tributos municipales y estar al
día en las cuotas obrero-patronales de la CCSS.
e. Estudio
o certificación registral vigente de la propiedad en el que se van a efectuar
las obras. En el caso de ser una propiedad en derechos, deberá adjuntar el
informe registral de cada derecho y una autorización en la que los demás
propietarios consientan la realización de las obras.
f. En caso
de que el permiso de construcción debe tramitarse a nombre de una persona que
NO figure como propietario(a), debe de aportar un poder autenticado por un
abogado o notario autorizando el trámite de permiso de construcción.
g. Visto
bueno del Centro de Conservación Patrimonio Cultural del Ministerio de Cultura
y Juventud cuando el inmueble tenga declaratoria patrimonial.
h. Toda
persona que tramite algún permiso de construcción está en la responsabilidad de
comprometen a separar los Residuos de Construcción para aprovechar los
programas de recolección disponibles en el Cantón, de manera de que se realice
un Manejo Responsable de los Residuos de Construcción, caso contrario, se
aplicarán las sanciones correspondientes que establezca la normativa vigente.
i- Aval
ambiental municipal o del área de conservación (MINAE), según corresponda para
los casos de muy bajo impacto ambiental y de acuerdo con el procedimiento
respectivo para los casos que establezca la normativa vigente.
B.1. En
concordancia al artículo 83 bis de la Ley de Construcciones, se consideran
obras menores las obras que no requieren la presentación de un plano o croquis
a escala:
1.
Reposición o instalación de canoas y bajantes.
2. Reparación
de aceras.
Instalación
de verjas, rejas o cortinas de acero.
3. Limpieza
de terreno de capa vegetal o de vegetación.
4. Cambio
de cubierta de techo.
Pintura en
general, tanto de paredes como de techo.
5.
Colocación de cercas de alambre.
Acabados de
pisos y de cielo raso.
6.
Reparación de repellos y de revestimientos.
7.
Reparaciones de fontanería.
8. U otros
similares.
B.2.
Construcciones menores, que requieren un plano constructivo o croquis a escala
y con el detalle de obra:
1.
Instalación de publicidad de Anuncios en voladizo, salientes, luminosos o bajo
marquesinas.
2. Mejoras
o cambios en fachada en línea de propiedad.
3. Rampas
de acceso para el cumplimiento de la Ley 7600.
4. Aceras
con cambio de pendiente.
5. Rampas
de acceso vehicular a predios.
6.
Requisitos generales de solicitud. Para la construcción de obras menores,
deberá cumplirse con los siguientes requisitos:
El valor
máximo permitido para clasificar como construcción menor será de 10 salarios
mínimos de un trabajador no especializado, conforme a la reforma a la Ley
N°833, decreto legislativo N°9482, equivalente a 10 salarios base, calculado
conforme a lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley N.º 7337, de 5 de mayo de
1993.
Actualización
de costos y valores (Obra Menor):
El
interesado podrá presentar una estimación de la obra a nivel de presupuesto,
para efectos de la tasación final. Con ello, se establecerá un valor más actual
según lo valores de materiales en el
mercado.
No se
tramitarán permisos municipales de construcción, reparación, ampliación,
remodelación, demolición, excavación o relleno de un terreno, entre otros si el
interesado tiene asuntos pendientes con sus obligaciones en la Municipalidad,
sea cual sea su naturaleza, tales como: traspaso de bienes pendientes de
entrega a esta, desarrollo de obras de urbanizaciones, servicios e impuestos
municipales, formalización de otros permisos de construcción, asuntos de
naturaleza ambiental, compromisos adquiridos en sede judicial, entre otros.
C.
Proyectos de interés Municipal (PRIM): son aquellos proyectos que, por
relevancia, la Unidad de Desarrollo Urbano cataloga como de interés municipal.
Los
criterios para evaluar por parte de la Unidad de Desarrollo Urbano serán los
siguientes:
1.
Vinculación con objetivos de Plan Regulador Belén, usando como referencia la
lista de Criterios de la Directriz de construcción Sostenible de DIGECA.
2.Aportes a
nivel constructivo en términos de sostenibilidad.
3.
Certificación de diseño sustentable.
4.Ubicación
del proyecto en zona de interés municipal.
5.Integración
y rescate del espacio público por parte del proyecto.
6.Valor de
la inversión y revalorización de la zona de influencia.
7.Aporte
del proyecto a nivel de diseño en la Zona de Control Especial.
8. Manejo
eficiente de recursos de agua y electricidad, según memoria de cálculo.
La opción
de implementar proyectos PRIM, se debe de considerar en el Reglamento de
construcción, al ser estrictamente fiscalizados por la Unidad de Desarrollo
Urbano. La declaratoria de proyectos PRIM tiene una vigencia de 12 meses
calendario.
Trámite
expedito a PRIM: Presentar la Declaratoria de interés municipal ya aprobada y
vigente. Con ello, se brindará un trámite ágil y expedito a dichas obras. Para
esto, el interesado presentará la declaratoria otorgada a la hora de realizar
el trámite respectivo de la licencia de permiso de construcción.
Difusión
proyectos PRIM: El municipio brindara un identificador (banner digital para ser
imprimido por el interesado) para ser expuesto durante el proceso de la obra,
donde se indique que dicho proyecto está catalogado como PRIM.
(Así
reformado mediante sesión ordinaria N° 22-2020 del 28 de abril del 2020)