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 Normativa >> Ley 30 >> Fecha 30/07/1866 >> Texto completo
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Texto Completo Norma 30
Ley de Presupuesto para 1866-1867

DECRETO XXX



(Esta norma fue derogada por el artículo 1°, inciso 480, de la ley N° 10287 del 20 de setiembre de 2022, "Derogatoria de leyes caducas o históricamente obsoletas para la depuración del ordenamiento jurídico (Sexta parte)")



Aprueba los presupuestos generales de ingresos y gastos para el presente año y el de 1807; y señala al Presidente de la República la cantidad de $ 4000 para sus gastos extraordinarios.



 



El Senado y la Cámara de Representantes de la República de Costa Rica, reunidos en Congreso.



 



Decretan:



 



            Art 1° Apruebase los presupuestos generales de ingresos y gastos para el año corriente de 1866, y el venidero de 1867, presentados al Congresos Nacional por el Secretario de Estado en el Despacho de Hacienda.




Ficha articulo



            Art 2° Señalase al Presidente de la República la suma de cuatro mil pesos para gastos extraordinarios de Representación, o que juzgue de utilidad pública, en cada uno de los años referidos. - A la Cámara de Senadores.



 



            Dado en el Salón de Sesiones, Palacio Nacional, San José a veinticuatro de julio de mil ochocientos sesenta y seis.



 



            Al Poder Ejecutivo, Sala de Cámara de Senadores. Palacio Nacional, San José julio veintinueve de mil ochocientos sesenta y seis.



 



            Palacio Nacional, San José julio treinta de mil ochocientos sesenta y seis.



 



 




Ficha articulo





Fecha de generación: 10/6/2026 00:09:12
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