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 Normativa >> Ley 5901 >> Fecha 20/04/1976 >> Observaciones
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  Ley : 5901   del 20/04/1976  
Reforma Ley Administración Financiera de la República
 


Observaciones
Reforma la ley de Administración Financiera de la República No. 1279 del 02 de mayo de 1951 en la forma que sigue: Art. 06 Título V- Arts. 88, 89, 90, 90 bis y 91 Título VI- Arts. 92, 93, 94, 95, 96, 97, 98, 99, 100, 101, 102, 103, 104, 105, 106, 107 y los actuales (*) 112, 113, 114, 115, 116, 117 y 118. Título VII - los actuales (*) 119, 120, 121, 122, 123. (*) NOTA: Si bien la presente ley modifica, entre otros, los antiguos artículos 108 a 119 inclusive de la Ley de Administración Financiera, es necesario indicar que, por disposición del artículo 1 de la ley No.7373 del 1 de diciembre de 1993, esos artículos pasaron a ser 112 a 123 inclusive. En la parte de afectaciones se ha hecho la actualización correspondiente. El párrafo final del artículo 2 de la presente ley, advierte que quedan VIGENTES las disposiciones que sobre contrataciones administrativas contiene la Ley No. 4374 de 14 de agosto de 1969 (LEY NACIONAL DE EMERGENCIA), para emergencias por período NO MAYOR DE 30 DIAS, que podrá ser PRORROGADO hasta por 30 días más, mediante resolución razonada del Poder Ejecutivo. Vencidos esos plazos se requiere autorización legislativa para mantener el estado de emergencia con indicación del período que se autoriza.