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Ayuda
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Ley :
54
del
04/01/1946
Ley del Servicio Consular de Carrera
( NO VIGENTE )
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| Observaciones
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La afectación del artículo 12 es en realidad al numeral 42 del
Arancel Consular, Ley N° 46-0 de 7 de julio de 1925.
A pesar de que la Ley del Timbre Consular, N° 29 del 23 de noviembre
de 1945, había derogado expresamente el referido artículo 42, el mismo
se tomó como base para autorizar al Poder Ejecutivo el aumento del cien
por ciento en las respectivas partidas, ejecutado por medio del Decreto
N° 4 de 8 de octubre de 1946, que creó una nueva escala de tarifas de
todo el Arancel Consular.
DEROGATORIAS TACITAS QUE HA SUFRIDO ESTA LEY::
- El artículo 8° fue derogado por leyes N° 1272 de 8 de marzo (art. 1°)
y 1279 de 2 de mayo (art. 51), ambas de 1951.
- Los arts. 1°al 7°, inclusive, así como el 11, fueron derogados por Ley
N° 3530 de 5 de agosto de 1965.
- El art. 13 fue derogado por el art. 1° de Ley N° 641 de 23 de agosto de
1946 y por el Código Tributario, así como por el art. 1° de ley N° 7293
de 31 de marzo de 1992.
- El resto del articulado carece de interés actual.
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