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Ayuda
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Decreto Ejecutivo :
15
del
04/04/1935
Reglamento a la Ley de Almacenes Generales de Depósito
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| Observaciones
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La Ley Nº 16 de 5 de noviembre de 1936 dispone en su artículo 1º el
cambio de nombre del Banco Internacional de Costa Rica por el de "Banco
Nacional de Costa Rica", razón por la cual y en acatamiento de lo que
dispone el artículo transitorio 1º de la misma, en el texto vigente del
presente Reglamento, se ha hecho la corrección del caso a todos los
artículos que resultaron afectados. Asimismo, dicha Ley Nº 16, en
su artículo 199, dispone que tanto en el presente Decreto como en la Ley
que el mismo reglamenta (Ley Nº 5 de 15 de octubre de 1934), se tendrá por
sustituido el término "bono de prenda", dondequiera que aparezca, por el
de "vale de prenda", corrección también hecha al articulado respectivo
del texto vigente.
La resolución de la Sala Constitucional Nº 5260 de 26 de setiembre
de 1995, anuló del artículo 9 del presente decreto la posibilidad de
"cancelación definitiva" de la licencia de funcionamiento a esos
almacenes, por parte del Ministerio de Hacienda.
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