Resolución :
38
del
05/11/2020
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Reforma Deber de inscripción de las personas jurídicas inactivas domiciliadas en el país en el Registro Único Tributario la Dirección General de Tributación y Obligatoriedad general para el uso de los comprobantes electrónicos
(NO VIGENTE)
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Ente emisor:
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Dirección General de Tributación Directa
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Fecha de vigencia desde:
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10/11/2020
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Versión de la norma: 2 de 2
del 27/03/2023
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