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 Normativa >> Directriz 2268 >> Fecha 05/11/2015
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Directriz :  2268    del  05/11/2015  
Agencias de viajes líneas aéreas empresas transporte terrestre y navieras cruceros domiciliadas en el país en su condición de agentes de percepción del impuesto del 5% sobre pasajes internacionales deben liquidar impuesto en dólares cuando paguen colones
Datos generales:
Ente emisor: Instituto Costarricense de Turismo
Fecha de vigencia desde: 01/12/2015
Versión de la norma: 1 de 1  del 05/11/2015
Datos de la Publicación:
Nº Gaceta: 233    del: 01/12/2015  
 
Directriz :  2268  (1 artículo)
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