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 Normativa >> Resolución 814 >> Fecha 21/06/2007
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Resolución :  814    del  21/06/2007  
Quienes desempeñen actividades financieras establecidas en el artículo 15 de la Ley N° 7786 del 30 de abril de 1998 y que no se encuentren supervisados por alguna de las superintendencias existentes en el país, deberán inscribirse ante la SUGEF
Datos generales:
Ente emisor: Dirección Nacional de Notariado
Fecha de vigencia desde: 04/07/2007
Versión de la norma: 1 de 1  del 21/06/2007
Datos de la Publicación:
Nº Boletín Judicial: 128    del: 04/07/2007
 
Resolución :  814  (1 artículo)
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