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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 43898 >> Fecha 21/12/2022 >> Articulo 74
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Normativa - Decreto Ejecutivo 43898 - Articulo 74
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Artículo 74
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Artículo 74.- Causales de inhabilitación o des inscripción del registro.

Son causales de cancelación del registro de las personas físicas las siguientes:

1.     Por fallecimiento del consultor ambiental.

2.     Por solicitud expresa del interesado, siempre y cuando no tenga ninguna obligación o causa pendiente en el proceso de Evaluación de Impacto Ambiental.

3.     Por sanción en el incumplimiento de sus deberes.

4.     Por haber vencido el plazo de vigencia del registro.


5.     Por haberse inhabilitado por el Colegio Profesional.

Son causales de cancelación del registro de las personas jurídicas las siguientes:

1.     Por disolución de la sociedad o empresa consultora.

2.     Por solicitud expresa del interesado, siempre y cuando no tenga ninguna obligación o causa pendiente en el proceso de Evaluación de Impacto Ambiental.

3.     Por sanción en el incumplimiento de sus deberes.

4.     Por haber vencido el plazo de vigencia del registro.

5.     Por no mantener al menos un consultor ambiental habilitado por el Colegio Profesional.

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