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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 43898 >> Fecha 21/12/2022 >> Articulo 57
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Normativa - Decreto Ejecutivo 43898 - Articulo 57
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Artículo 57
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Artículo 57.- Forma de presentación de las denuncias ambientales.

Las denuncias deberán presentarse por escrito en oficinas centrales o en forma digital según los medios oficiales habilitados para tal fin. Las mismas deben incluir la siguiente información:

1.     Indicar el nombre completo y número de cédula o pasaporte del denunciante y su firma. El denunciante podrá solicitar su derecho a mantener su identidad confidencial.

2.     Los hechos o evidencias que la motivan.

3.     Correo electrónico para recibir notificaciones.


4.     De ser posible, el nombre completo del denunciado, la ubicación exacta de la actividad, obra o proyecto, nombre del proyecto y número del expediente que se le asignó en la SETENA.

5.     Cualquier  otra  información  que  permita  identificar  la  actividad,  obra  o  proyecto,  o documentación probatoria de los hechos denunciados.

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