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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 43898 >> Fecha 21/12/2022 >> Articulo 54
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Normativa - Decreto Ejecutivo 43898 - Articulo 54
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Artículo 54
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Artículo 54.- Inspecciones de cierre técnico.

La SETENA podrá realizar inspecciones para los cierres técnicos que considere oportuno. La comprobación de cumplimiento de las medidas ambientales podrá realizarse mediante inspección a la actividad, obra o proyecto, en caso de requerirse, o en su defecto mediante el uso de herramientas tecnológicas disponibles.


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