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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 43898 >> Fecha 21/12/2022 >> Articulo 45
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Normativa - Decreto Ejecutivo 43898 - Articulo 45
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Artículo 45
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Artículo 45.- Proyectos en concesión.

Para el caso AOP que requieran concesión el plazo de vigencia empezará a correr a partir de que la misma se otorgue. Lo anterior, en atención a que estos proyectos por su naturaleza y requerimientos legales establecidos en sus leyes especiales, además de obtener la Viabilidad (Licencia) Ambiental (VLA) deben cumplir otra serie de requisitos y estudios técnicos previos a que se otorgue la Concesión.

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