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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 43898 >> Fecha 21/12/2022 >> Articulo 27
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Normativa - Decreto Ejecutivo 43898 - Articulo 27
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Artículo 27
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Artículo 27.- Control de la gestión ambiental ante la SETENA, posterior al otorgamiento de la Viabilidad Ambiental del D6, mediante la Bitácora Digital Ambiental.


El control de la gestión ambiental ante la SETENA, se presentará mediante informes de responsabilidad ambiental y a través de la Bitácora Digital Ambiental. La activación de la Bitácora Digital Ambiental, deberá habilitarla el responsable ambiental nombrado por el desarrollador.

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