Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 43898 >> Fecha 21/12/2022 >> Articulo 91
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 91     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 43898 - Articulo 91
Ir al final de los resultados
Artículo 91
Versión del artículo: 1  de 1

CAPÍTULO XIV

Tarifas del Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental

Artículo 91.- Tarifas del proceso de Evaluación de Impacto Ambiental.

De conformidad con el artículo 18 de la Ley Orgánica del Ambiente, los costos del proceso de Evaluación de Impacto Ambiental, que incluyen: los estudios técnicos, el uso de instrumentos de Evaluación de Impacto Ambiental, aplicación de medidas ambientales (preventivas, correctivas, mitigadoras o de compensación), de control y seguimiento, implementación de los planes de gestión ambiental y demás procedimientos relacionados al proceso, deberán ser asumidos por el desarrollador de la actividad, obra o proyecto.

Ir al inicio de los resultados