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Artículo 37.-
Informe a la Dirección Ejecutiva. En el caso de
que derivado de eventuales controles con los dispositivos de monitoreo
satelital global (GPS) o similares se detecten eventuales anomalías tales como;
el mal uso de las unidades, subutilización de los equipos, largos periodos de
inactividad, excesos de velocidad, irregularidades en la liquidaciones ele
viáticos presentadas ante el Departamento de Tesorería o cualquier otra duda o
irregularidad sobre la. conducción de la unidad, se informará lo
correspondiente ante la Dirección Ejecutiva a fin de que se de inicio a los
respectivos procedimientos disciplinarios según corresponda, conforme a este
reglamento, el procedimiento y demás normas afines vigentes.
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