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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 43954 >> Fecha 06/02/2023 >> Articulo 34
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Normativa - Decreto Ejecutivo 43954 - Articulo 34
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Artículo 34
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Artículo 34.- Pago del deducible. La persona funcionaria autorizada a conducir vehículos · institucionales que fuere declarado responsable por la Administración, con motivo de un accidente de tránsito en que hubiese participado en donde medie un vehículo institucional, deberá pagar el monto correspondiente al deducible, que eventualmente tendrá que girar el Cosevi al Instituto Nacional de Seguros o a terceros afectados. Asimismo, cuando el costo del daño sea inferior al monto del deducible, deberá cubrir el monto de la reparación por el daño causado.

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