|
Transitorio VI.
- Evaluación de Desempeño. Las
instituciones en el ámbito de rectoría de MIDEPLAN podrán seguir utilizando los
instrumentos en materia de evaluación de desempeño que se encuentre vigentes de
previo a la entrada en vigor de la Ley Marco de Empleo Público, hasta que se
emitan los nuevos lineamientos generales y modelo respecto a estos, en cuyo
momento deberán hacerse las actualizaciones, reformas y modificaciones respectivas.
|