Buscar:
 Normativa >> Reglamento municipal 09 >> Fecha 13/02/2023 >> Articulo 8
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 8     >>
Normativa - Reglamento municipal 09 - Articulo 8
Ir al final de los resultados
Artículo 8
Versión del artículo: 1  de 1

Artículo 8º-Recomendación de adjudicación. La Recomendación de Adjudicación será emitida por la Comisión de Recomendación de Adjudicaciones en los casos de los procedimientos de licitación mayor, licitación menor, y licitación reducida de obra pública cuando su monto estimado sea mayor al límite superior de la licitación reducida para contratos de bienes y servicios según los umbrales establecidos para el año en que se tomó la decisión inicial. Y la Proveeduría Institucional emitirá el acta de Recomendación de Adjudicación para los procedimientos de licitación reducida de contratos de bienes y servicios, y para la licitación reducida en contratos de obra pública con un monto estimado menor o igual al límite superior de la licitación reducida para contratos de bienes y servicios según los umbrales establecidos para el año en que se tomó la decisión inicial.

Ir al inicio de los resultados