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MUNICIPALIDAD DE CARRILLO
En atención a lo dispuesto por el Concejo Municipal de
Carrillo me permito transcribirles para su trámite, el texto del acuerdo 02,
inciso 5, emitido en la Sesión Ordinaria Nº 06-2023, celebrada el día 10 de
febrero del año en curso, literalmente dice:
REGLAMENTO INTERNO DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
DE LA MUNICIPALIDAD DE CARRILLO
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1º-Objetivo. El presente reglamento
tiene como objetivo regular el sistema de adquisición de bienes, servicios y
obra pública de la Municipalidad de Carrillo, así como la competencia de las
diversas dependencias municipales, por lo que, para todos los efectos, en la
aplicación del reglamento se deberá de considerar el marco normativo nacional
contenido en la Ley General de Contratación Pública (Ley Nº 9986), el
Reglamento a la Ley General de Contratación Pública (Decreto Ejecutivo Nº
43808-H) y normativas conexas emitidas por las entidades competentes.
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