Artículo
3°: Apruébense los siguientes Egresos Ordinarios y Extraordinarios de la
Asamblea Legislativa, para el Ejercicio Económico del 2023:
(Nota de Sinalevi:
Por lo extenso de su contenido y tipo de formato consulta el Alcance Digital N° 267 a La
gaceta N° 235 del 9 de diciembre de 2022, tomo V)
(Modificado
por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 43994 del 18 de abril del 2023)
(Modificado
por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 44085 del 21 de junio de 2023)
(Modificado
por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 44206 del 13 de setiembre del 2023)
(Modificado por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 44223 del 27 de
setiembre del 2023)
(Así reformado por el artículo 2° de la ley N° 10419 del 30 de octubre de
2023)
(Mediante el artículo 4° de la ley N° 10419 del 30 de octubre de 2023, se
acordó eliminar de este numeral los siguientes puestos:
210 MINISTERIO DE
EDUCACIÓN PÚBLICA
PUESTO CLASE
453144
PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 2
101 ASAMBLEA
LEGISLATIVA
PUESTO CLASE
000147
SUBDIRECTOR DE DEPARTAMENTO")
(Modificado por el artículo 1°
del decreto ejecutivo N° 44300 del 30 de noviembre de 2023)
|