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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 43808 >> Fecha 22/11/2022 >> Articulo 76
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Normativa - Decreto Ejecutivo 43808 - Articulo 76
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Artículo 76
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Artículo 76. Utilización del sistema digital unificado para fomentar la contratación de las PYMES. El sistema digital unificado deberá tener disponible la conectividad electrónica con el registro de proveedores del Sistema de Información Empresarial Costarricense regulado en la Ley Orgánica del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, Ley N°6054 de 14 de junio de 1977, con la finalidad de que se pueda sincronizar información relevante para fomentar la participación de las PYMES en la contratación pública.

El sistema digital unificado, deberá además facilitar la disposición de datos para el monitoreo de la implementación de medidas dispuestas para la promoción de las PYMES en el Plan Nacional de Compra Pública.

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