Artículo 73. Estrategias
para promover la participación de las PYMES. En los
procedimientos de contratación pública se promoverá la participación de las
PYMES, para lo cual la Autoridad de Contratación Pública coordinará con el Ministerio
de Economía, Industria y Comercio, la definición de estrategias e indicadores
en el Plan Nacional de Compra Pública.
Para el fomento de la
participación de las PYMES en las contrataciones, la Autoridad de Contratación
Pública podrá propiciar el desarrollo regional, la innovación, la inclusión, la
sostenibilidad y promoción de PYMES, mediante directrices que aseguren mejores condiciones
de competencia en el mercado, todo lo anterior en apego al valor público de las
compras, de conformidad con lo establecido en los artículos 20, 21, 23 y 128
inciso iii) de la Ley General de Contratación Pública.
La Autoridad de
Contratación Pública deberá contar con un análisis, emitido por el Ministerio de
Economía, Industria y Comercio, sobre las condiciones del mercado que
justifiquen la aplicación de las medidas y los objetos en que las PYMES mantienen
mayor posibilidad de competir, todo lo cual se deberá armonizar con los
objetivos e indicadores definidos en el Plan Nacional de Compra Pública
Asimismo, el Plan podrá reservar ciertos objetos para que sean competidos entre
PYMES de forma exclusiva conforme lo establece la Ley General de Contratación
Pública.
La Autoridad definirá en
coordinación con el Ministerio de Economía, Industria y Comercio la aplicación
del criterio de desarrollo regional para asignar un puntaje en el sistema de calificación
de ofertas de hasta un diez por ciento (10%) para las PYMES de la región que se
pretende desarrollar; para lo cual deberán identificar cuáles regiones deben
priorizarse y en función de qué objetos contractuales según cada una de ellas,
de forma que permitan la generación de empleo. El funcionario competente que se
separe de la aplicación de este criterio regional, deberá considerar dicho
estudio en el acto motivado que emita, así como los análisis de mercado y del
objeto de la contratación respectivo.
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