Artículo 53. Convenios para
la implementación de los objetivos de contratación pública estratégica. Dentro de las estrategias y propuestas que se valoren para el Plan de
Acción en la materia, se podrá incluir la generación de convenios entre la
Dirección de Contratación Pública y organizaciones públicas, privadas o
sujetos de derecho internacional público para articular la
implementación de alternativas, propuestas y proyectos que coadyuven a
la consecución de lo definido en el artículo 20 de la Ley General de Contratación
Pública y 46 de este Reglamento.
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