Artículo 103. Sobre el
presupuesto detallado. El presupuesto detallado
de la obra, bien o servicio contratado deberá ser presentado únicamente por el
adjudicatario dentro del plazo de ocho días hábiles posteriores a la firmeza de
la adjudicación y antes de la suscripción del contrato. Lo anterior, aplica
para cualquier modalidad de cotización y tipo de contrato.
En caso de no presentarse
en ese plazo, la Administración declarará insubsistente la adjudicación y
procederá conforme a lo establecido en el artículo 52 de la Ley General de Contratación
Pública.
La Administración,
posterior a la firmeza de la adjudicación y antes de la suscripción del contrato,
procederá a revisar el presupuesto detallado aportado por el adjudicatario, verificando
que sea concordante con la estructura de precio de la oferta, tanto en valores absolutos
como en la o las monedas en que cotizó su precio. En caso de presentarse discrepancias
entre la estructura del precio y el presupuesto detallado, prevalecerán los valores
absolutos de la estructura del precio, para ello el adjudicatario deberá
ajustar el presupuesto a dichos valores.
Asimismo, en los casos que
proceda la aplicación del reajuste o la revisión de precios, la Administración
revisará la pertinencia de los índices oficiales de precios y costos propuestos
en la oferta, eso con el propósito de establecer los índices que serán
utilizados en la ejecución contractual.
El presupuesto detallado
corresponde a la memoria de cálculo efectuada y que sustenta el precio
cotizado, todo lo cual se refleja en la estructura del precio presentada con la
oferta. Para ello, la Administración en el pliego de condiciones deberá indicar
el formato y el nivel de detalle o desagregación con que deberá presentar el
adjudicatario el presupuesto detallado. Esa desagregación del presupuesto se
vinculará con la modalidad de cotización o de pago, de modo que cuando corresponda
será útil para verificar que determinadas actividades o unidad de la obra,
unidad del bien o unidad de servicio han sido cumplidas para efectos de ordenar
su pago.
El presupuesto detallado
desglosará los componentes de cada actividad o unidad de la obra, unidad del
bien, o unidad de servicio, según corresponda, indicando al menos sus costos
directos, que considere como mínimo los recursos de materiales, mano de obra
con el detalle de cargas sociales, equipos y maquinaria e identificación de los
subcontratos, sus costos indirectos, su utilidad e imprevistos.
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