Artículo 54. Mecanismos de
coordinación y colaboración para la implementación de los objetivos de
contratación pública estratégica. El Plan de Acción en
materia de contratación pública estratégica podrá definir mecanismos de coordinación
y colaboración con el Sistema Bancario Nacional e Internacional,
incluidos los organismos multilaterales de financiamiento además de
otras instancias públicas o privadas que tengan competencias vinculadas
al diseño, gestión y evaluación de objetivos de compra pública estratégica;
para la generación de facilidades y la implementación de las propuestas
definidas en esta materia dentro del Plan Nacional de Compra Pública.
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