CAPÍTULO
7
Causales
de revocatoria, cancelación y extinción
de la
autorización de comercio al aire libre
Artículo
19.—Causales de revocatoria, cancelación o extinción de la autorización de
comercio al aire libre. Las causales de revocatoria, cancelación o
extinción de la autorización de comercio al aire libre serán:
a.
Cuando no se cumpla lo establecido en el capítulo 5 sobre criterios Técnicos de
Utilización de este reglamento.
b.
Cuando la circulación de las personas peatonas sea interrumpida por la
actividad.
c.
Cuando se incurra en las causales establecidas en el artículo 12 de
Prohibiciones de las personas licenciatarias de este reglamento.
d.
Cuando se incurra en las causales de revocatoria de la licencia comercial
establecida en la respectiva Ley de Licencias de Actividad Comercial del Cantón
de Mora y su normativa conexa.
e.
Cualquier otra que por motivos de interés público o conveniencia que se
presente.
f.
Cuando se adeuden dos o más trimestres seguidos o alternos de obligaciones
municipales formales o materiales.
g.
Cuando se demuestre que en el desarrollo de la actividad autorizada de comercio
al aire libre genere volumen excesivo, malos olores, contaminación, alteración
del orden público o cualquier situación de disconformidad con la ciudadanía
concurrente en el espacio autorizado o sus alrededores.
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