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 Normativa >> Reglamento municipal 121 - 1 >> Fecha 22/08/2022 >> Articulo 18
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Normativa - Reglamento municipal 121 - 1 - Articulo 18
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Artículo 18
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Artículo 18.—Montos diferenciados. Se establecerán montos diferenciados según las categorías señaladas en el capítulo 5 sobre Criterios Técnicos de Utilización de este reglamento:

No se podrá realizar cobro alguno por las zonas al aire libre que se encuentren dentro del perímetro privado según las disposiciones de la Ley 10126, Ley de Comercio al Aire Libre, de 09 de febrero de 2022.

 

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