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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 43748 >> Fecha 06/07/2022 >> Articulo 1
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Normativa - Decreto Ejecutivo 43748 - Articulo 1
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Artículo 1
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N° 43748-MEIC

El PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA

Y COMERCIO

En uso de las facultades conferidas en los artículos 11, 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los artículos 11, 25, acápite 1), 27, acápite 1) y 28, inciso 2), acápite b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978; la Ley Orgánica del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, Ley 6054 del 14 de junio de 1977;

Considerando:

I.-Que a nivel internacional, la Sostenibilidad (económica, ambiental y social) se consolida como una práctica clave en las estrategias de gestión de los gobiernos, las empresas y las organizaciones del sector público y privado. Diversas iniciativas de alcance global animan a estos actores a adoptar acciones que promuevan una mayor orientación hacia la gestión sostenible de triple utilidad.

Il.-Que la Política Nacional de Responsabilidad Social, es un compromiso del Estado por la construcción de un país mejor, liderando con el ejemplo y promoviendo modelos de gestión responsable. Asimismo, busca potenciar la agenda país como miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).

III.-Que mediante Decreto Ejecutivo N° 40459-MEIC del 22 de junio de 2017, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 156 del 18 de agosto de 2017, Alcance N° 202, se promulgó la Gobernanza para la implementación y seguimiento de la política nacional de responsabilidad social de Costa Rica.

IV.-Que se hace necesario reformar el Decreto Ejecutivo supra con la finalidad de agilizar el proceso de nombramiento de las personas integrantes del Consejo Asesor de Responsabilidad Social (CARS) mediante acuerdo del Ministro de Economía, Industria y Comercio (MEIC), entidad que cuenta con el conocimiento de las instituciones o empresas con liderazgo en el tema y pueden sumar según el enfoque y lineamientos de interés para las Pymes y el empresariado costarricense en general. Así como la reforma a la conformación del referido Consejo y el cambio del nombre del referido Consejo. Por tanto,

Decretan:

REFORMA AL DECRETO EJECUTIVO N° 40459-MEIC

DEL 22 DE JUNIO DE 2017, PUBLICADO EN EL DIARIO

OFICIAL LA GACETA N° 156 DEL 18 DE AGOSTO

DE 2017, ALCANCE N° 202

Artículo 1º-Reforma. Refórmese el artículo 4 y el inciso a) del artículo 6 del Decreto Ejecutivo N° 40459-MEIC del 22 de junio de 2017, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 156 del 18 de agosto de 2017, Alcance N° 202, denominado "La Gobernanza para la implementación y seguimiento de la política nacional de responsabilidad social de Costa Rica", para que en adelante se lean de la siguiente manera:

"Artículo 4°. Integración. El CAS estará integrado por:

a) La persona que ocupe el cargo de ministro (a) del Ministerio de Economía, Industria y Comercio.

b) Un (a) representante de la organización Alianza Empresarial para el Desarrollo (AED).

c) Un (a) representante del Consejo Consultivo Nacional de Responsabilidad Social (CCNRS).

d) Un (a) representante de la academia.

e) Un (a) representante de una empresa privada referente nacional en materia de Responsabilidad Social.

f) Un (a) representante de una entidad pública, referente nacional en materia de Responsabilidad Social.

Los miembros anteriores serán nombrados mediante acuerdo del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, previa comunicación por parte de cada una de las organizaciones. Para efectos de los nombramientos de los representantes señalados en los incisos e) y f), deberán las organizaciones remitir al MEIC la terna respectiva, de la cual se seleccionará el o la representante".

"Artículo 6º. Funciones del Consejo Asesor de Sostenibilidad.

a) Implementar y dar seguimiento a la Política Nacional de Responsabilidad Social, la cual debe contar con su respectivo plan de acción."

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