N° 43748-MEIC
El PRESIDENTE
DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO
DE ECONOMÍA, INDUSTRIA
Y COMERCIO
En uso de las
facultades conferidas en los artículos 11, 140 incisos 3) y 18) y 146 de la
Constitución Política; los artículos 11, 25, acápite 1), 27, acápite 1) y 28,
inciso 2), acápite b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº
6227 del 2 de mayo de 1978; la Ley Orgánica del Ministerio de Economía, Industria
y Comercio, Ley 6054 del 14 de junio de 1977;
Considerando:
I.-Que a nivel
internacional, la Sostenibilidad (económica, ambiental y social) se consolida
como una práctica clave en las estrategias de gestión de los gobiernos, las
empresas y las organizaciones del sector público y privado. Diversas
iniciativas de alcance global animan a estos actores a adoptar acciones que
promuevan una mayor orientación hacia la gestión sostenible de triple utilidad.
Il.-Que la
Política Nacional de Responsabilidad Social, es un compromiso del Estado por la
construcción de un país mejor, liderando con el ejemplo y promoviendo modelos
de gestión responsable. Asimismo, busca potenciar la agenda país como miembros
de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).
III.-Que
mediante Decreto Ejecutivo N° 40459-MEIC del 22 de junio de 2017, publicado en
el Diario Oficial La Gaceta N° 156 del 18 de agosto de 2017, Alcance N°
202, se promulgó la Gobernanza para la implementación y seguimiento de la política
nacional de responsabilidad social de Costa Rica.
IV.-Que se hace necesario
reformar el Decreto Ejecutivo supra con la finalidad de agilizar el proceso de nombramiento
de las personas integrantes del Consejo Asesor de Responsabilidad Social (CARS)
mediante acuerdo del Ministro de Economía, Industria y Comercio (MEIC), entidad
que cuenta con el conocimiento de las instituciones o empresas con liderazgo en
el tema y pueden sumar según el enfoque y lineamientos de interés para las
Pymes y el empresariado costarricense en general. Así como la reforma a la conformación
del referido Consejo y el cambio del nombre del referido Consejo. Por tanto,
Decretan:
REFORMA AL DECRETO
EJECUTIVO N° 40459-MEIC
DEL 22 DE JUNIO DE 2017,
PUBLICADO EN EL DIARIO
OFICIAL LA GACETA N°
156 DEL 18 DE AGOSTO
DE 2017, ALCANCE N° 202
Artículo 1º-Reforma.
Refórmese el artículo 4 y el inciso a) del artículo 6 del Decreto Ejecutivo N°
40459-MEIC del 22 de junio de 2017, publicado en el Diario Oficial La Gaceta
N° 156 del 18 de agosto de 2017, Alcance N° 202, denominado "La Gobernanza
para la implementación y seguimiento de la política nacional de responsabilidad
social de Costa Rica", para que en adelante se lean de la siguiente manera:
"Artículo 4°. Integración.
El CAS estará integrado por:
a) La persona que ocupe el
cargo de ministro (a) del Ministerio de Economía, Industria y Comercio.
b) Un (a) representante de
la organización Alianza Empresarial para el Desarrollo (AED).
c) Un (a) representante del
Consejo Consultivo Nacional de Responsabilidad Social (CCNRS).
d) Un (a) representante de
la academia.
e) Un (a) representante de
una empresa privada referente nacional en materia de Responsabilidad Social.
f) Un (a) representante de
una entidad pública, referente nacional en materia de Responsabilidad Social.
Los miembros anteriores
serán nombrados mediante acuerdo del Ministerio de Economía, Industria y
Comercio, previa comunicación por parte de cada una de las organizaciones. Para
efectos de los nombramientos de los representantes señalados en los incisos e)
y f), deberán las organizaciones remitir al MEIC la terna respectiva, de la
cual se seleccionará el o la representante".
"Artículo 6º. Funciones del Consejo Asesor de Sostenibilidad.
a) Implementar y dar
seguimiento a la Política Nacional de Responsabilidad Social, la cual debe
contar con su respectivo plan de acción."
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