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Artículo 77.-
Normativa supletoria. Lo no regulado
expresamente en este cuerpo normativo, se regirá por lo dispuesto en la Ley N°
6227, Ley General de la Administración Pública, del 2 de mayo de 1978, el
Decreto Ejecutivo N°. 38120-C, "Política Nacional de Derechos
Culturales 2014-2023 y Crea Sistema Nacional de Protección y Promoción de Derechos
Culturales", la Ley No. 10041, Ley de Emergencia y Salvamento Cultural y
las normas vigentes en materia de Contratación Pública, en lo aplicable.
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