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 Normativa >> Ley 5476 >> Fecha 21/12/1973 >> Articulo 158
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Normativa - Ley 5476 - Articulo 158
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Artículo 158
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CAPITULO IV

Extinción, Pérdida y Suspensión de los Atributos d la Responsabilidad Parental

(Así modificada la denominación del capítulo anterior por el artículo 2° inciso 4) de la ley que aprobó el Código Procesal de Familia, N° 9747 del 23 de octubre de 2019. Anteriormente se indicaba: "Término y Suspensión de la Patria Potestad")

Artículo 158- Extinción de los atributos de la responsabilidad parental. Los atributos de la responsabilidad parental se extinguen por la muerte de quienes la ejerzan o de la persona menor de edad.

(Así corrida su numeración por el artículo 2 de ley No.7538 del 22 de agosto de 1995, que lo traspasó del antiguo artículo 145 al 158)

(Así reformado por el artículo 2° punto II) de la ley que aprobó el Código Procesal de Familia, N° 9747 del 23 de octubre de 2019)

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