233
Artículo 233.- (Derogado
por el artículo 41 de la Ley para Promoción de la
Autonomía Personal de las Personas con Discapacidad, N° 9379 del 18
de agosto de 2016. Posteriormente por el artículo 4° punto II) inciso a)
de la ley que aprobó el Código Procesal de Familia, N° 9747
del 23 de octubre de 2019, se derogó nuevamente este artículo.)
(Así corrida su numeración por el
artículo 2 de ley No.7538 del 22 de agosto de 1995, que lo traspasó
del antiguo artículo 220 al 233)
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