ARTÍCULO
16- Reforma
Se reforma
el inciso f) del artículo 3 de la Ley 6877. Ley de Creación del Servicio
Nacional de Aguas Riego y Avenamiento (Senara), de 18 de julio de 1983. El
texto es el siguiente:
a) Adquirir
conforme con lo establecido en la Ley 9286, de 11 de noviembre de 2014, bienes y
derechos necesarios para establecer, integrar o modificar las áreas de
distribución de riego, asentamiento y protección contra inundaciones. de
manera que a una justa distribución de la tierra corresponda una justa
distribución del agua.
Rige a
partir de su publicación en el diario oficial La Gaceta
Dado en la
Presidencia de la República, San José, a los tres días del mes de mayo del año
dos mil veintidós.
|