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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 43449 >> Fecha 27/04/2022 >> Articulo 54
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Normativa - Decreto Ejecutivo 43449 - Articulo 54
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Artículo 54
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Capítulo XIV:

Disposiciones Finales

Artículo 54. Refórmense los artículos 22, 31 y el epígrafe o encabezado del artículo 83 del Reglamento general para la regulación del suministro de gas licuado de petróleo Decreto Ejecutivo Nº41150-MINAE- del 4 de mayo de 2018 para que se lean de la siguiente manera:

Artículo 22°-Cadena de suministro. la cadena de suministro de GLP está integrada por las actividades indicadas en el presente reglamento, y son las siguientes: Transporte, almacenamiento, envasado, distribución y comercialización."

'Artículo 31 º-Agentes. Son las personas físicas o jurídicas autorizadas por el MINAE para ejecutar actividades en la cadena de suministro de GLP, y son las siguientes: Concesionario operador de plantas envasadoras, distribuidor, transportista y comercializador."

'Artículo 83- Requisitos para obtener un permiso de operación para una planta envasadora”.

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