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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 43469 >> Fecha 06/04/2022 >> Articulo 3
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Normativa - Decreto Ejecutivo 43469 - Articulo 3
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Artículo 3    Tipo: Transitorio
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TRANSITORIO 3. El MAG, el SFE y PROCOMER, cuentan con un plazo de doce meses posteriores a la entrada en vigencia de este reglamento, para coordinar e implementar los ajustes necesarios en los sistemas informáticos para la conectividad con VUI, que permita el registro en línea, de manera que permita la presentación de la información de forma digital, en las condiciones establecidas en el presente reglamento. El sistema deberá garantizar la confidencialidad de la información.

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