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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 43469 >> Fecha 06/04/2022 >> Articulo 7
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Normativa - Decreto Ejecutivo 43469 - Articulo 7
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Artículo 7    Tipo: Transitorio
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TRANSITORIO 7. En un plazo de un año a partir de la publicación de este reglamento , la AC elaborará un reglamento con las normas y procedimientos que le pemlitan ejercer las competencias y facultades que la Ley de Protección Fitosanitaria le confiere al SFE del Estado en materia de registro de personas físicas y jurídicas y autorizaciones especiales y control y fiscalización de sustancias de uso agrícola, y un reglamento para condiciones generales de uso y manejo , manejo de envases vacíos y derrames. En ambos reglamentos , el SFE coordinará para su elaboración con el MINSA y el MINAE. Hasta tanto se publiquen estos reglamentos se aplicarán las disposiciones que se establecen en el Decreto Nº33495.

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