Buscar:
 Normativa >> Ley 10159 >> Fecha 08/03/2022 >> Articulo 27
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 27     >>
Normativa - Ley 10159 - Articulo 27
Ir al final de los resultados
Artículo 27
Versión del artículo: 1  de 1

CAPÍTULO VII

GESTIÓN DEL DESEMPEÑO

ARTÍCULO 27- Evaluación del desempeño de las personas servidoras públicas. La evaluación del desempeño será un mecanismo para la mejora continua de la gestión pública y del desempeño y desarrollo integral de las personas servidoras públicas.

Este instrumento de evaluación deberá ser objetivo, sin perjuicio en contra del servidor por injerencia política, persecución, acoso laboral y a la moral y ética, o por eventuales denuncias en contra de sus superiores por posibles faltas en contra de la administración eficiente de los recursos de la Hacienda Pública.

Las instituciones de educación superior universitaria estatal emitirán las disposiciones que regularán la evaluación del desempeño de su personal para el adecuado cumplimiento del Plan Nacional de Desarrollo de la Educación Superior Estatal, los artículos 84, 85 y 87 de la Constitución Política y lo establecido en la presente ley.

Ir al inicio de los resultados