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MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ
SECCIÓN DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL
ACLARACIÓN RESOLUCIÓN ALCALDÍA-00007-2022
El pasado lunes 22 de febrero en La Gaceta N°
34, página 90 se publicó la Resolución Alcaldia-00007-2022, con número de
acuerdo y sesión ordinaria errónea por lo que a continuación procedemos a
publicar nuevamente dicha resolución en donde se indica que es mediante Acuerdo
2, Artículo IV, de la Sesión Ordinaria número 083, del 07 de diciembre del
2021.
RESOLUCIÓN
ALCALDIA-00007-2022
San José, al ser las diez horas del diez de febrero
del dos mil veintidós, esta Alcaldía, como órgano de la Administración
Tributaria Municipal y en aras de agilizar el procedimiento de declaración del
impuesto de patentes que abre cada período fiscal este gobierno local, tomando
en cuenta el avance tecnológico y las facilidades que se han dispuesto para
nuestros sujetos pasivos, procede a dictar la siguiente resolución
administrativa.
Considerando:
I.-Que de conformidad con el artículo 99 del Código de
Normas y Procedimientos Tributarios, las Administraciones Tributarias, se
encuentran facultadas para dictar normas generales tendientes a la correcta
aplicación de las leyes tributarias, dentro de los límites que fijen las
disposiciones legales y reglamentarias pertinentes. Sobre el particular dicha
norma señala:
"Las normas generales serán emitidas mediante
resolución general y considerados criterios institucionales. Serán de
acatamiento obligatorio en la emisión de todos los actos administrativos y
serán nulos los actos contrarios a tales normas."
II.-Que el
artículo 109 del citado Código en su párrafo primero, faculta a las
Administraciones Tributarias para establecer directrices, sobre la forma
mediante la cual se debe consignar la información tributaria.
III.-Que este gobierno local, desde el año 2012 tiene
vigente un cuerpo reglamentario que se denomina "Reglamento Declaración del
Impuesto de Patentes en el Cantón Primero de San José utilizando la Red
Internet", en el cual se dispone que dentro de los medios digitales que
autoriza la Municipalidad para la declaración del impuesto, está la internet y
que para ello, solo se debe ingresar al sitio web de la Municipalidad y
completar su declaración según lo regulado en dicho reglamento, el cual se
refiere al formulario de la declaración, su presentación, la responsabilidad
por su ingreso en el tiempo debido, la responsabilidad por el uso del código de
acceso y palabra clave, entre otros detalles, de manera que ya desde hace
tiempo atrás, la Municipalidad de San José, cuenta con instrumentos que ha
facilitado a los sujetos pasivos del impuesto de patentes para presentar su
declaración jurada y muchos de ellos han hecho uso de éstos.
IV.-Que recientemente, este ente corporativo ha
dictado el "Reglamento a la Ley de Impuesto de Patentes de Actividades
Económicas del Cantón Central de San José", el cual fue aprobado mediante
Acuerdo 2, Artículo IV, de la Sesión Ordinaria número 083, del 07 de diciembre
del 2021, que en su artículo 40 dispone la obligación de declarar a todos los
patentados una vez al año ante la municipalidad, en un periodo máximo de tres
meses calendario, contados a partir de la finalización del periodo fiscal
correspondiente y en los casos en que los patentados tengan autorización de la
Dirección General de Tributación para funcionar con período fiscal diferente,
deberán comunicarlo a la Municipalidad para el registro correspondiente, de
manera que si no se cumple con la obligación de presentar la declaración del
impuesto de patentes, se cargará la base imponible que sirvió para calcular el
impuesto durante el período fiscal anterior, sin perjuicio de lo indicado en la
Ley que rige para el cantón Central de San José y dicho reglamento, para
efectos de llevar a cabo la fiscalización y determinación de oficio.
V.-Que gracias a que los avances en materia de
tecnología y de comunicaciones, esto permite a las Administraciones Tributarias
estandarizar, simplificar, agilizar e integrar la información contenida en las
bases de datos, por lo que lo procedente es establecer, en forma obligatoria,
el uso de los medios electrónicos para confeccionar y presentar los formularios
de declaraciones de los patentados comerciales y de licores según el Reglamento
a la Ley del Impuesto a las actividades lucrativas del Cantón Central de San
José y el de la Ley de Regularización y Comercialización de Bebidas de
Contenido Alcohólico.
VI.-Que conforme al artículo 42 del mismo "Reglamento
a la Ley de Impuesto de Patentes de Actividades Económicas del Cantón Central
de San José", la Municipalidad de San José pondrá a disposición de los
patentados (comerciales y de licores) el formulario para la presentación
digital de la declaración respectiva, con lo que se proporcionan ventajas de
todo tipo no solo para la Administración Tributaria, que ahorra en costos de
papel, sino también para los patentados, en tiempo, desplazamiento y sobre todo
en estos tiempos de pandemia, que implican problemas de contagio por el Covid 19.
VII.-Que de
conformidad con lo establecido en el "Reglamento Declaración del Impuesto de
Patentes en el Cantón Primero de San José utilizando la Red Internet" y a
efectos de que se declaren los subsiguientes períodos, el formulario digital,
se podrá generar mediante una contraseña que deberá ser solicitada en la página
web de la municipalidad www.msj.go.cr
VIII.-Que las Administraciones Tributarias podrán
actualizar cuando considere necesario, el formato e instrucciones de los
formularios, sin necesidad de que medie la publicación de una nueva resolución.
Cualquier modificación se estará comunicando, por los medios electrónicos
válidamente aceptados. Por tanto,
RESUELVE:
Artículo 1º-Obligatoriedad de la elaboración y
presentación digital de la declaración de Patentes Comerciales y Patentes de
Licores del Cantón Central de San José, a través del formulario que se generará
en la página electrónica www.msj.go.cr a partir del período fiscal 2021 y
períodos fiscales subsiguientes autorizados por la Dirección General de
Tributación, de manera tal que de conformidad con lo establecido en el
"Reglamento Declaración del Impuesto de Patentes en el Cantón Primero de San
José utilizando la Red Internet" y a efectos de que se declare el período que
va del 1 de enero del 2021 al 31 de diciembre 2021 y períodos fiscales
subsiguientes, se utilizará el formulario digital que se podrá generar mediante
una contraseña que deberá ser solicitada en la página web de la municipalidad
www.msj.go.cr:
El contribuyente deberá de solicitar la contraseña a
través de la página Web de la Municipalidad de San José dirección
www.msj.go.cr, posteriormente ingresar a la opción de Trámites Municipales,
luego ingresa a la opción de Trámites en línea, donde se desglosa una nueva
pantalla con varias opciones, allí deberá de ubicarse en la opción de
Declaración Jurada del impuesto de Patentes, dándole clic al ícono con imagen
de computadora, posteriormente ingresa a una nueva pantalla con título
Declaración Jurada del Impuesto de Patentes, y en la parte inferior de dicha
pantalla aparece un la leyenda que dice: "Formulario de solicitud de
contraseña" por favor ingrese. El contribuyente deberá de ingresar al link, y
digitar la cédula del patentado ya sea persona física, jurídica o cédula de
residencia; en el caso de que no sea patentado de este municipio se le va a
rechazar la solicitud; dentro de la información requerida debe de incluir un
correo electrónico válido, una vez finalizada la inclusión de la información
requerida, debe dar enviar datos y le llegará de inmediato a los funcionarios
asignados, posteriormente los funcionarios municipales ingresarán al módulo de
contraseñas, digitan el número de cédula y se procede a corroborar los datos y
se envía la contraseña, la cual llegará al correo validado por el
contribuyente.
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