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ARTÍCULO 2- Objeto de la presente ley. La
presente ley tiene por objeto promover la inversión y el desarrollo de
producciones, coproducciones y actividades fílmicas de carácter internacional
en Costa Rica, como fuente de generación económica, encadenamientos
productivos, creación de emprendimientos y contratación de talento humano
costarricense, incluyendo un impacto significativo en los sectores turístico y
comercial, para lo cual se otorgarán los incentivos contenidos en la presente
ley.
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