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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 43287 >> Fecha 29/10/2021 >> Articulo 2
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Normativa - Decreto Ejecutivo 43287 - Articulo 2
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Artículo 2
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Artículo 2°- El presente Decreto Ejecutivo rige a partir de las 00:00 horas del 01 de noviembre de 2021.

Dado en la Presidencia de la República, San José, a los veintinueve días del mes de octubre del año dos mil veintiuno.

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