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DISPOSICIONES TRANSITORIAS
TRANSITORIO I- La Administración
Pública, central y descentralizada, incluso instituciones autónomas. y
semiautónomas, órganos con personalidad jurídica instrumental, entes públicos
no estatales, municipalidades y empresas públicas reglamentarán los incentivos
contenidos en esta ley en un plazo de doce meses a partir de la vigencia de
esta ley.
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