N° 43080-S
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE SALUD
En uso de las facultades que les confieren los artículos
140, incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; 25 inciso 1), 27
inciso 1), 28 inciso 2) acápite b) y 103 inciso 1) de la Ley Nº 6227 del 2 de
mayo de 1978 "Ley General de la Administración Pública"; 1, 2,206,339
y 340 de la Ley Nº 5395 del 30 de octubre de 1973 "Ley General de
Salud"; 2, 3, 6, 7,13 y 28 de la Ley Nº 5412 del 8 de noviembre de 1973
"Ley Orgánica del Ministerio de Salud"; la Ley Nº 7927 del 12 de
octubre de 1999" Reforma a la Ley Orgánica del Ministerio de Salud y
Reforma a la Ley de Corporación Bananera Nacional (CORBANA).
Considerando:
I.-Que mediante Decreto Ejecutivo N° 40724-S del 23 de
setiembre del 2017, publicado en el Alcance N° 273 a La Gaceta N° 215
del 14 de noviembre del 2017, el Poder Ejecutivo promulgó el "Reglamento
Orgánico del Ministerio de Salud".
II.-Que la Comisión Institucional sobre Accesibilidad y Discapacidad
(CIAD), como parte de sus actividades elaboró la Política y Objetivos
Estratégicos Institucionales. La Política establece que: "La Institución
desarrollará las condiciones y acciones necesarias en materia de discapacidad e
inclusión, para dar cumplimiento a la normativa vigente". Por su parte el
Objetivo Específico 4.11 indica: "Fortalecer las condiciones de
infraestructura, físicas, tecnológicas, de información y comunicación, mediante
el cumplimiento de la normativa, a fin de lograr la inclusión de la población
interna y externa con discapacidad en la institución".
III.-Que la Comisión Institucional de Teletrabajo (CITT) también elaboró
como parte de sus actividades la Política Institucional y sus Objetivos Estratégicos.
La Política dispone que: "La institución implementará el teletrabajo, como
mecanismo para incrementar la productividad, reducir costos y brindar un mejor
desarrollo laboral de los trabajadores del Ministerio de Salud". Su
Objetivo Específico 4.6 indica: "Desarrollar el teletrabajo, a fin de
aumentar la productividad, reducir costos y mejorar el desempeño laboral de los
trabajadores de la institución, mediante el establecimiento de la normativa, el
desarrollo de los instrumentos necesarios para ordenar esta modalidad de
trabajo y procesos de capacitación y sensibilización".
IV.-Que resulta necesario y oportuno actualizar las Políticas y Objetivos
Estratégicos Institucionales señalados en el considerando IX del Decreto
Ejecutivo N° 40724-S del 23 de setiembre del 2017 "Reglamento Orgánico del
Ministerio de Salud, para incorporar lo relativo a accesibilidad y discapacidad
y a la implementación del teletrabajo.
V.-Que de conformidad con el artículo 12 bis del Decreto Ejecutivo N° 37045
de 22 de febrero de 2012 "Reglamento a la Ley de Protección al Ciudadano
del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos" y su reforma, se
considera que por la naturaleza del presente decreto ejecutivo no es necesario
completar la Sección I denominada Control Previo de Mejora Regulatoria, que
conforma el formulario de Evaluación Costo Beneficio, toda vez que el mismo no
establece trámites ni requerimientos para el administrado. Por tanto,
Decretan:
ADICIÓN AL CONSIDERANDO IX DEL REGLAMENTO
ORGÁNICO DEL MINISTERIO DE SALUD
Artículo 1º-Adiciónense los subincisos
5) y 17) al inciso d) y los subincisos 4.6 y 4.11 al
inciso e) y córrase la numeración de los subincisos
de los incisos d) y e) del considerando IX del Decreto Ejecutivo N° 40724-S del
23 de setiembre del 2017, publicado en el Alcance N° 273 a La Gaceta N°
215 del 14 de noviembre del 2017 "Reglamento Orgánico del Ministerio de
Salud", para que en lo sucesivo se lea así:
"IX.-Que el siguiente es el marco estratégico del
Ministerio de Salud:
(.)
d) POLÍTICAS INSTITUCIONALES:
1) Los principios de participación social, enfoque de género, inclusión, no
discriminación y respeto a la diversidad regirán el accionar de la institución.
2) El liderazgo, la negociación y la concertación constituirán la base para
el ejercicio de la Rectoría y las relaciones con las Instituciones, actores
sociales y la población.
3) La institución promoverá acciones que faciliten el desarrollo de climas organizacionales y de salud ocupacional óptimos, en procura de una
mejor calidad de vida de los funcionarios.
4) La institución contará con el capital humano idóneo, suficiente,
comprometido y capacitado de acuerdo con los requerimientos para el
cumplimiento de las funciones rectoras.
5) La institución implementará el teletrabajo, como mecanismo para
incrementar la productividad, reducir costos y brindar un mejor desarrollo
laboral de los trabajadores del Ministerio de Salud.
6) La educación continua será fundamental para fortalecer la capacidad
técnica, resolutiva y el liderazgo del capital humano de la institución
7) La institución implementará el proceso de supervisión y acompañamiento
como elemento fundamental para la mejora continua.
8) El Ministerio de Salud realizará las gestiones pertinentes para contar
con los recursos financieros, bienes y servicios en cantidad, calidad y
oportunidad para el cumplimiento de las funciones rectoras y administrativas de
apoyo.
9) La transparencia, la rendición de cuentas y la simplificación de
trámites deberán estar presentes de forma preeminente en todos los procesos
desarrollados por la institución.
10) El accionar institucional estará orientado por la ética, los ambientes
laborales satisfactorios y el enfoque de gestión del riesgo en los tres niveles
de gestión y basado en la evidencia.
11) El sistema de mejora continua de calidad constituye un eje transversal
de todas las acciones y procesos desarrollados por el Ministerio de Salud en
los tres niveles de gestión con énfasis en el factor humano.
12) El servicio al cliente externo e interno se realizará en forma
eficiente y eficaz, de manera oportuna, con calidez y calidad en los tres
niveles de gestión.
13) El Ministerio de Salud enfatizará el uso de tecnologías de punta en
información y comunicación para la optimización de sus funciones.
14) La implementación del Programa de Gestión Ambiental Institucional
(PGAI) garantizará el uso adecuado de los recursos hídricos, energéticos, la
gestión integral de los residuos y la protección del ambiente en general, a fin
de que la institución contribuya al logro de la meta país de alcanzar la C-
Neutralidad en el año 2021.
15) La comunicación a lo interno de la institución estará orientada a la
precisión, la oportunidad, la relevancia, la transparencia y al suministro de
información verídica, clara, positiva y motivadora a sus funcionarios, y
respetará la estructura orgánica y las jerarquías de modo que promueva
relaciones laborales basadas en la solidaridad, la comprensión y respeto.
16) El Ministerio de Salud proyectará la formalidad de la organización y de
las actividades de interés público en salud, mediante una comunicación veraz,
rigurosa, fluida y expedita con los distintos actores sociales y con la
población en general.
17) La Institución desarrollará las condiciones y acciones necesarias en
materia de discapacidad e inclusión, para dar cumplimiento a la normativa
vigente.
e) OBJETIVOS ESTRATÉGICOS INSTITUCIONALES Y SUS OBJETIVOS ESPECÍFICOS.
Son objetivos estratégicos institucionales y objetivos específicos, los
siguientes:
(.)
4) Fortalecer el rol rector del Ministerio de Salud, mediante el desarrollo
de las condiciones y capacidades institucionales necesarias para el ejercicio
eficiente y eficaz de sus funciones incluyendo amplios procesos de gerencia
social que permitan la identificación e implementación de proyectos para la
atención de necesidades específicas en salud de las comunidades, los pueblos y
las ciudades, mediante alianzas público privadas, la cooperación internacional
y la articulación con gobiernos locales y organizaciones no gubernamentales.
4.1. Lograr que los recursos financieros se asignen de acuerdo con la
planificación estratégica y operativa, a fin de que respondan a las necesidades
de la institución y de acuerdo con las directrices de gobierno, mediante la
articulación de las unidades organizativas correspondientes en los tres niveles
de gestión.
4.2. Fortalecer los procesos de adquisición de bienes y servicios, a fin de
que los mismos respondan en cantidad, calidad y en forma oportuna a las
necesidades de la institución, bajo las normas de control interno y
transparencia.
4.3. Dotar a la institución de la infraestructura y servicios en general
requeridos para el desarrollo de las Funciones Rectoras, a fin de responder a
las necesidades de la población.
4.4. Reducir la brecha tecnológica de la institución mediante el
fortalecimiento de las tecnologías de información y comunicación, a fin de
desarrollar las Funciones Rectoras.
4.5. Contar con el recurso humano idóneo, necesario y suficiente, así como
con un ambiente laboral satisfactorio para la gestión institucional y el
ejercicio de la Rectoría.
4.6. Desarrollar el teletrabajo, a fin de aumentar la productividad,
reducir costos y mejorar el desempeño laboral de los trabajadores de la
institución, mediante el establecimiento de la normativa, el desarrollo de los
instrumentos necesarios para ordenar esta modalidad de trabajo y procesos de
capacitación y sensibilización.
4.7. Desarrollar procesos de rendición de cuentas frente a la población y
mediante la fiscalización permanente y continua del quehacer institucional,
identificar oportunidades de mejora, así como formular, implementar y controlar
planes remediales en consecuencia.
4.8. Fortalecer la atención al cliente externo e interno mediante la
implementación de estrategias de mejora continua de la calidad, con
incorporación de la voz del ciudadano y ofreciendo servicios simplificados,
oportunos y de calidad, a fin de lograr la satisfacción de los usuarios.
4.9. Fortalecer el proceso de soporte jurídico, mediante el desarrollo de
intervenciones oportunas y de calidad, como base para la toma de decisiones de
las autoridades institucionales.
4.10. Desarrollar la ética y comunicación estratégica institucional en los tres niveles
de gestión mediante métodos específicos, a fin de fortalecer la imagen institucional interna y externa.
4.11. Fortalecer las condiciones de infraestructura, físicas, tecnológicas,
de información y comunicación, mediante el cumplimiento de la normativa, a fin
de lograr la inclusión de la población interna y externa con discapacidad en la
institución."