Buscar:
 Normativa >> Tratados Internacionales 9991 >> Fecha 24/06/2021 >> Articulo 15
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 15     >>
Normativa - Tratados Internacionales 9991 - Articulo 15
Ir al final de los resultados
Artículo 15
Versión del artículo: 1  de 1

Capítulo III - Derecho procesal penal

Artículo 15 - Inicio y continuación del enjuiciamiento. Cada Parte adoptará las medidas legislativas y de otra índole, necesarias para garantizar que la investigación y enjuiciamientos penales, en cuanto a los delitos tipificados en el presente Convenio, no deban subordinarse a la presentación de una denuncia y que las acciones procesales puedan continuar aunque la denuncia haya sido retirada.

Ir al inicio de los resultados