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Artículo 8°-De la
intención de donación. El ofrecimiento respectivo deberá cumplir con los
siguientes requisitos, los cuales serán verificados por la Dirección Jurídica:
a) Carta de intención
de donación emitido como declaración jurada por parte del Donante o proyecto de
cooperación, según corresponda, donde se acredite la intención de donar,
procedencia, las características, condiciones, funcionalidades y costo, exacto
o aproximado, del bien material o inmaterial o servicio por donar.
b) Cuando se trate de
bienes susceptibles de registro deberán aportarse los documentos pertinentes o
en su defecto propiciar las facilidades al donatario para realizar la
constatación por su cuenta.
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