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Artículo 3°-Definiciones. Para efectos de este
reglamento se entenderá por:
a) Acuerdo marco: Instrumento
jurídico que regula la cooperación de un donante a un receptor, definiendo de
forma genérica objetivos y acciones sin que se materialicen los proyectos que
puntualmente se llevarán a cabo.
b) Carta de
intenciones, de entendimiento, convenio: Instrumento jurídico que
posibilita establecer y desarrollar acciones puntuales entre un donante y un
receptor, sobre algún tema de interés común.
c) Cooperación
Financiera No Reembolsable: Es la cooperación ofrecida por fuentes
bilaterales y multilaterales a un país, mediante la asignación de recursos
financieros que no se reintegran, con el objeto de apoyar y acompañar proyectos
de desarrollo.
d) Cooperación
Internacional: Conjunto de acciones de carácter internacional orientadas al
intercambio de experiencias y recursos entre países desarrollados y en vías de
desarrollo así como entre estos últimos, para alcanzar metas comunes de
desarrollo basadas en criterios de solidaridad, equidad, eficacia, interés
mutuo y sostenibilidad.
e) DHR: Defensoría
de los Habitantes de la República.
f) Donación: Acto
de liberalidad de traspasar un bien u ofrecer un servicio de manera gratuita en
favor de la Defensoría de los Habitantes, sin compromiso de contraprestación,
salvo la presentación de informes sobre el uso y disposición de la donación.
g) Donante: Persona
física o jurídica, nacional o extranjera, pública o privada que por medio de un
acto de liberalidad hace entrega de bienes o servicios en forma gratuita a la
Defensoría de los Habitantes de la República.
h) Enlace técnico: persona
o personas designadas oficialmente por el o la Jerarca, para la correcta
coordinación, seguimiento, control y rendición de informes.
i) Evaluación: análisis
de las iniciativas, proyectos o programas en términos de eficacia, eficiencia y
obtención de productos y resultados previamente definidos, antes, durante y una
vez terminada la ejecución del proyecto.
j) Jerarca: Defensor
(a) de los Habitantes de la República o Defensor(a) en funciones.
k) Monitoreo o
seguimiento: procedimiento mediante el cual se verifica la eficiencia y
eficacia de la ejecución del proyecto, con la identificación de sus logros y
debilidades y en consecuencia, se emiten recomendaciones y medidas correctivas
para optimizar los resultados esperados del proyecto.
l) Organismo
internacional: Entidad con personalidad jurídica propia, creada por varios
Estados en virtud de un Tratado Multilateral (Tratado Constitutivo) con el
objetivo de realizar fines específicos para los que es creada.
m) Organización
no gubernamental (ONG's): Organización sin fines de lucro surgida de la
sociedad civil con el objeto de generar un determinado impacto en la sociedad y
que usualmente se organiza como asociación, fundación u otra figura jurídica.
n) Proyecto: Propuesta
que describe un conjunto de acciones, actividades o tareas estructuradas y
encadenadas en un orden lógico que se realizan, para cumplir un fin específico
en un tiempo determinado y finito, a partir de una situación actual, lo cual
permite articular los recursos humanos, materiales y de infraestructura,
mediante un presupuesto que grafica el costo de éste.
o) Unidad Técnica: Dirección
o Departamento de la Defensoría de los Habitantes, encargada en principio de coordinar
el proyecto.
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