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 Normativa >> Reglamento 0 - 1 >> Fecha 14/07/2021 >> Articulo 23
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Normativa - Reglamento 0 - 1 - Articulo 23
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Artículo 23
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Artículo 23.-Vigencia. Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Dado en la ciudad de San José, a los catorce días del mes de julio de 2021.

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