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 Normativa >> Reglamento 0 - 1 >> Fecha 14/07/2021 >> Articulo 20
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Normativa - Reglamento 0 - 1 - Articulo 20
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Artículo 20
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Artículo 20.-Fase de evaluación. Cuando corresponda, la ejecución del convenio de donación contará con tres fases de evaluación, para determinar el cumplimiento de los objetivos propuestos y establecer mejoras en los procesos y acciones para la obtención de productos y resultados previamente definidos, antes, durante y una vez finalizada la ejecución del proyecto. Dicha evaluación corresponderá al enlace técnico y a la Dirección Jurídica según corresponda.

1. Previa a la ejecución: En la fase de identificación se valorará la pertinencia, viabilidad y sostenibilidad del proyecto de interés institucional que se desea presentar ante el donante.

2. Durante la ejecución: Se realizará el monitoreo y seguimiento de los objetivos a cumplir con el proyecto, debiendo valorar los avances y en caso de ser necesario, tomar acciones correctivas que permitan el logro de los objetivos propuestos.

3. Posterior a la ejecución: Una vez recibido el informe de cierre, emitido el recibido conforme o no, se emitirá un informe de evaluación del proyecto.

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