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Artículo 20.-Fase de
evaluación. Cuando corresponda, la ejecución del convenio de donación
contará con tres fases de evaluación, para determinar el cumplimiento de los
objetivos propuestos y establecer mejoras en los procesos y acciones para la
obtención de productos y resultados previamente definidos, antes, durante y una
vez finalizada la ejecución del proyecto. Dicha evaluación corresponderá al
enlace técnico y a la Dirección Jurídica según corresponda.
1. Previa a la ejecución:
En la fase de identificación se valorará la pertinencia, viabilidad y
sostenibilidad del proyecto de interés institucional que se desea presentar
ante el donante.
2. Durante la
ejecución: Se realizará el monitoreo y seguimiento de los objetivos a cumplir
con el proyecto, debiendo valorar los avances y en caso de ser necesario, tomar
acciones correctivas que permitan el logro de los objetivos propuestos.
3. Posterior a la
ejecución: Una vez recibido el informe de cierre, emitido el recibido conforme
o no, se emitirá un informe de evaluación del proyecto.
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